Por: Prof. Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora
Fundador de LEGADLLY, educación jurídica para abogados en fundamentos del derecho en relación con la publicidad comercial digital ante la IA. Contacto: www.legadlly.ca – camilo@legadlly.ca
El derecho significa la forma de los derechos y deberes, por eso, los fundamentos jurídicos son las condiciones que se deben cumplir para que exista su ejercicio, es decir, la eficacia del deber ser formado mediante lo definido a través del derecho. Esa es la razón por la que alguien conoce el derecho cuando tiene claros los derechos y deberes; no cuando conoce un conjunto de normas, es decir, un régimen jurídico o una parte de él, sino cuando conoce el todo de la ley, creada por el resultado de la unión de las normas, y una norma es cualquier elemento que aclare los derechos y deberes, algo relacionado con ellos; no lo antijurídico, culpable, injusto, inválido, lo que los afecte, lo que hace inaplicables los derechos y deberes. Lo denominado régimen jurídico es la forma en la que el todo del derecho aplica frente a algo, es decir, en relación con un tema, un fenómeno.
Considerar lo conocido como derecho de consumo, también llamado derecho del consumo, como el régimen jurídico de los casos, es decir, de las relaciones jurídicas, entre la empresa mercantil y el consumidor, quien tenga el perfil jurídico de consumidor ante esta, solo es válido si aborda el derecho, por tanto, en su integridad, es decir, completamente. La totalidad del derecho existe cuando se conoce la forma de los derechos y deberes, la integralidad jurídica no se da por comprender los hechos y, en definitiva, el todo del hecho de un caso, vinculado con una empresa mercantil y un consumidor, de una forma aislada del deber ser jurídico. Ser diligente, jurídicamente, consiste en conocer, en general, y aplicar, por ende, particularmente, los derechos y deberes.
El derecho se especifica a la medida del caso, esa es la manera de su particularización, ya que los derechos y deberes son relativos a la relación jurídica, a la forma que tenga cada relación jurídica; pero es algo general, absoluto, universal, pues el bien, es decir, el deber ser, la validez, es un todo que, en consecuencia, se atiende según los problemas del caso, así existe la solución jurídica, es decir, el cumplimiento del derecho, el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes. Por lo que en las relaciones jurídicas entre la empresa mercantil y el consumidor la solución, la validez, no existe al intentar aplicar un conjunto de normas cuyo objeto se relaciona con estas personas, es decir, con la forma jurídica de estos perfiles, la forma de la persona de la empresa mercantil y del consumidor, sino con la aplicación del todo de la norma creado por el resultado de la unión de, todas, las normas; de hecho, no es posible aplicar una norma sin aplicar las demás, todo está conectado, es interdependiente, complementario, entrelazado, es lo necesario.
Problemas jurídicos tales como la aclaración de la forma válida de tratar datos, personales o no personales, de la existencia de la privacidad, de la previsibilidad y reacción en cuanto a lo imprevisible ante el efecto, por consiguiente, jurídico, de la inteligencia artificial, IA, la seguridad de la información y, en general, la gestión de los riesgos, etc., frente a una relación jurídica que involucre publicidad mercantil, comercial, en el medio digital (en general, electrónico, que es el género; lo digital es una de sus especies, la de mayor evolución), se resuelven gracias al conocimiento y ejercicio del derecho. Así se conoce el deber ser, incluido, por tanto, jurídico, frente a estas situaciones, es decir, la forma en la que se deben aplicar los derechos y, correlativos, deberes, según procedan frente a cada persona y, propiamente, ante cada ser humano ligado con cada persona, en cada caso que contenga esta forma de publicidad.
Lográndose concluir que ser profesional del derecho significa conocer y aplicar los derechos y deberes, es decir, ser capaz de manejar cualquier asunto jurídico, preventiva o correctivamente; esa es la abogacía, del derecho, el conocimiento y la atención de los fundamentos jurídicos, es decir, de las partes y, definitivamente, del todo de los derechos y deberes. No es diligente dimensionar el derecho solo con base en sus partes, bajo divisiones antijurídicas, sino de cualquier forma en la que se entiendan y hagan efectivos los derechos y deberes, por ende, totalmente; la validez jurídica tiene como consecuencia la eficacia, jurídica, y esta la seguridad jurídica, no es acertado afirmar que puede existir validez en una parte del caso y no en otra, todo está conectado, cuando se cumple con el todo de lo definido mediante el derecho existe validez, que, propiamente, incluye la eficacia y seguridad, pues existe la certeza del goce de los derechos y cumplimiento de los deberes.
El abogado, es decir, el ser humano que es diligente en la profesión del derecho, es decir, como tal, que es un profesional jurídico, un jurista, un conocedor y aplicador de lo jurídico, aclara los derechos y deberes en general y, consecuentemente, según el caso, al tener un conocimiento y ejercicio profesional del derecho, y, precisamente, lo hace aplicando los derechos y deberes según le procedan, como abogado, en cada situación profesional; está formado para ello, es capaz de detectar, descifrar y, en general, solucionar problemas jurídicos. En los casos relacionados con publicidad comercial digital da el entendimiento de cómo existe con validez jurídica al precisar la forma de los derechos y deberes frente a la pieza publicitaria y, en general, la forma del funcionamiento y, de hecho, de la existencia, de los elementos analógicos, en átomos, y electrónicos, incluidos digitales, es decir, en general, en bits, conectados con la manera en la que existe la publicidad en el caso, los cuales además contienen la forma de la comunicación de la pieza publicitaria, y en cuanto a la atención del efecto, jurídico, de la comunicación lograda por la interacción entre la empresa mercantil y el consumidor con ocasión el todo de la publicidad involucrada en la relación jurídica.
Con esto, el abogado demuestra su conocimiento y, respectiva, capacidad de cumplimiento del derecho, no solo en este tema sino en general. Quedando inobjetable que el derecho es universal, los derechos y deberes solo son unos; el derecho evoluciona cada vez que se logra una, nueva, norma, es decir, la claridad de algo relacionado con los derechos y deberes, es decir, una forma más simple, óptima, en comparación con lo existente antes de ello, de la validez, de la libertad, del bien, es decir, de solucionar los problemas, de ejercer los derechos y deberes, de hacer que la relación jurídica logre sus fines, por lo tanto, con los medios, más, adecuados, óptimamente, de la manera más sencilla, fácil, posible, es decir, una forma diligente, por ende, para lograr la autorregulación válida. En este tema, por ejemplo, no se trata de la validez jurídica de la publicidad por la validez de la publicidad, se trata de la relación jurídica válida donde exista publicidad, de lograr que la relación sea válida, gracias a que cada quien cumpla con el derecho dentro de ella, porque se trata de que la relación jurídica sea una forma de realizar las partes, personas, y, propiamente, la existencia, jurídicamente; la consecuencia de la relación jurídica válida es que lo incluido en ella es válido, tal como ocurre con la publicidad y, por ende, con la inteligencia artificial articulada con esta forma de comunicación comercial.
Los abogados, para serlo, deben conocer y aplicar los fundamentos del derecho. Es lo que aclara cómo se cumple con el derecho, cómo se ejerce el derecho, cómo existe la solución jurídica. La metodología jurídica es cualquier forma con la que se aclare cómo aplican y, en general, existen los derechos y deberes; en general y, como consecuencia, a la medida del caso. Investigar jurídicamente es ir obteniendo esa claridad. No es justo afirmar que la filosofía del derecho es actuar culpablemente en relación con el derecho, al ser una forma de comportamiento humano que confunda la forma de los derechos y correspondientes deberes; la filosofía del derecho es cualquier ejercicio intelectual que aclare los derechos y deberes. Lo conocido como teoría jurídica hace referencia a los fundamentos del derecho. El abogado está formado en fundamentos del derecho. Esta es la forma de manejar cualquier caso, del ejercicio profesional del derecho, de comprender y aplicar la forma del derecho, de ir evolucionando el derecho, de actuar justamente, es decir, de una forma ajustada a lo definido en el derecho. Esa es la forma del abogado; por consiguiente, de la abogacía. Es lo diligente, incluido, jurídicamente.
A propósito, la formación del abogado se da bajo cualquier modelo con el que se obtenga ese resultado, incluido el uso de la dinámica, es decir, de las particularidades, de la publicidad comercial digital como forma para enseñar, explicar, aclarar, especificar, aprender, el derecho, porque con la educación jurídica detallada a la medida de ello se comprenden los derechos y deberes, es decir, los fundamentos del derecho, el deber ser jurídico, para que posteriormente el, formado, abogado pueda ejercer, por lo tanto, en cualquier forma. La justicia, lo válido, diligente, existe, no es algo inexacto, consiste en la coincidencia de la forma del caso con la manera en la que los derechos y deberes proceden, se deben aplicar, aplican, en relación con él. El derecho tiene una forma, es algo claro, aclarable, cuando se conoce y aplica, por tanto, totalmente. Nadie es perfecto, pero somos capaces de aplicar los derechos y deberes; el conocimiento y ejercicio de los derechos y deberes es posible, a la medida de cada quien, según la relación jurídica, el caso, incluido el vínculo jurídico, caso, del dimensionamiento del derecho en abstracto, es decir, sin relacionarse con un caso, por consiguiente, concreto, distinto de dicho caso de conocimiento general del deber ser jurídico, derecho, bien.